Conforme a la normativa en vigor está prohibido el envió por Correos de navajas, cuchillos o cualquier artículo de esta categoría.
Servicio solo para la península.
Para envíos fuera de la península consultar.
Texto legal:
- Para la adquisición de este tipo de armas se deberá acreditar la mayoría de edad del adquiriente y que se encuentre en condiciones psíquicas y físicas que no impidan su utilización.
- Las NAVAJAS NO AUTOMÁTICAS, cuyas hojas excedan de 11 centímetros, NO se considerarán prohibidas, siempre que su fabricación y comercialización sea intervenida por la Guardia Civil y su destino sea el propio domicilio con fines de ornato y coleccionismo (art. 5 Reglamento de Armas).
- Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquier clase de armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda. Quedando al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancias, debiendo hacer constar lo anterior claramente cuando dichas armas blancas sean adquiridos por terceros.